Resumen de las principales novedades legislativas publicadas en el primer trimestre de 2017

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El presente artículo incluye una breve referencia de las principales novedades legislativas, los cambios más relevantes en el ámbito de Seguridad Social, y los pronunciamientos de los Tribunales más destacados del primer trimestre del año 2017.

En el ámbito del SEPE, se modifica la Guía de cumplimentación del Parte de accidente de trabajo (PAT) en enero de 2017 que introdujo en su texto nuevas actualizaciones normativas, modificaciones de plazos, especificaciones para trabajadores pluriempleados, aclaraciones con la cumplimentación del PAT para ETT y lugares de trabajo, y principalmente la exclusión de la declaración al Sistema Delt@ de los afiliados al RETA que hayan optado por no tener cubierta estas contingencias, los accidentes sufridos por mutualistas de MUFACE, ISFAS o MUGEJU, y los accidentes sufridos en España por trabajadores con contratos en empresas extranjeras.

Asimismo, el 31 de enero se publicó la Guía de contratos que contenía la actualización del mismo a cuestiones ya contenidas en la Ley, principalmente, con la publicación del RDL 6/2016, de 23 de noviembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Y, el mismo día se publica nueva versión del cuadro de Bonificaciones/Reducciones a la contratación laboral que contenía nuevas referencias normativas así como algunas adiciones también relacionadas con la publicación del RDL  6/2016 y conversión de reducciones a la cotización a la Seguridad Social en bonificaciones.

Y en relación con el Sistema Delt@, en marzo de 2017, se modifica la Guía Delt@ de cumplimentación RATSB, AF y URG, cuyas modificaciones vienen motivadas por la entrada en vigor de la Orden ESS/1187/2015 por la que se suprimen de los códigos de alta 02, 03, 05, 06 y 10. De igual manera en el Formato remesas Altas y Fallecimientos..
En el ámbito del Sistema RED, en estos meses se han publicado dos nuevos Boletines de Noticias RED.

En primer lugar, en el Boletín de Noticias RED 2017/1, de 23 de enero de 2017, se incorporan al Sistema de Liquidación Directa al Régimen Especial de Artistas, se informa de un nuevo servicio de cesión de datos para las Administraciones Públicas on-line y se concretan los nuevos servicios de alta, baja y eliminación de movimientos previos en el Régimen Especial de Empleados de Hogar del Régimen General.

En segundo lugar, en el  Boletín de Noticias RED 2017/2, de 23 de marzo de 2017, por el que se modifican a partir del 1 de abril las funcionalidades online de «Inscripción CCC de empresario individual», «Asignación CCC secundario de empresario colectivo» y «Reinicio de un CCC»; asimismo, para los contratos con clave 401, 402, 408, 450, 501, 502, 508, 540 y 550, que se celebren con trabajadores discapacitados, se deberá cumplimentar el campo GRADO DE DISCAPACIDAD. También, se amplía el número de días que pueden mecanizarse a través del Sistema RED para la funcionalidad de SUSPENSIONES POR PRESTACIONES DE CORTA DURACIÓN, pasando a ser 32 días para las paternidades y 18 semanas para las maternidades. Y, se informa del cambio en la clave identificativa de los contratos predoctorales que pasan a comunicarse con el código 401, dejando sin efecto lo previsto en el Boletín de Noticias RED 2016/1 y como consecuencia un criterio de la Dirección General de Empleo.  Finalmente, se hace referencia a la nueva versión de Siltra 1.6.2 de 15 de marzo de 2017.

En materia tributaria, el día 24 de enero fue publicado el Modelo 111 de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, Servicios de Ayuda a la Declaración, para los ejercicios 2017 y siguientes.

También, el 8 de marzo se publica la Ley Foral 25/2016, de 28 de diciembre de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias del Territorio Foral de Navarra, por el que se modifican determinados preceptos del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En concreto las modificaciones afectan a las rentas exentas, al régimen de atribución de rentas, a las retribuciones no dinerarias o en especie, al rendimiento neto del trabajo y sobre las obligaciones formales del retenedor.

Seguidamente, se aprueba la Orden ESS/77/2017, de 3 de febrero, por la que se establecen para el año 2017 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

El 11 de febrero, se publica la Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las nomas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017.

Además, se publica el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales que tiene dos objetivos claros: agilizar y simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono del incentivo, e implantar un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la siniestralidad. Entre las novedades introducidas, se contempla la reducción de carga administrativa, centrándose principalmente el acceso al incentivo en el cumplimiento de los límites de los índices de siniestralidad y exigiéndose, además, otros requisitos no relacionados con la siniestralidad, pero que aseguran la correcta concesión del mismo.

Es necesario destacar que el pasado 6 de abril de 2017 se publicó el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 en el Boletín Oficial de las Cortes Generales cuya aprobación definitiva se espera, conforme al calendario de tramitación, para finales de junio de 2017, y cuyos cambios, sin perjuicio de la actualización de cuantías, no fueron de gran relevancia.

Esto, en relación con las principales novedades legislativas, y publicaciones en el ámbito de la Seguridad Social. A continuación, se recogen, entre otras, las sentencias que hemos considerado más relevantes, conocidas en estos tres últimos meses.

En primer lugar, y en relación con las principales sentencias informadas en el último resumen trimestral de 2016, a mediados de febrero de 2017, el presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Koen Lenaerts, reconoce que en la sentencia de 14 de septiembre de 2016, sobre las indemnizaciones por despido a los interinos, no hubo entendimiento sobre el problema entre el juzgado que realizó la consulta y los miembros de la Corte de Justicia Europea, que no comprendieron completamente el problema. De esta forma, reconoce que la Justicia europea se equivocó en la sentencia sobre la indemnización de los interinos, y parece dejar la puerta abierta a una posible corrección del criterio mantenido por el TJUE.

En la sentencia del Tribunal Supremo, de 10 de enero de 2017, ha establecido que es discriminatoria y contraria a derecho la práctica empresarial consistente en computar como ausencias la baja maternal así como la baja por riesgo de embarazo a los efectos de días productivos para tener derecho a las retribuciones de los variados incentivos.

La sentencia del Tribunal Constitucional, de 2 de febrero de 2017, declara que el uso por los trabajadores que no secundan el paro de los medios técnicos de los que dispone la empresa no vulnera el derecho a la huelga siempre que aquéllos no realicen funciones que son ajenas a su cargo para sustituir a los huelguistas.

En este sentido, la sentencia del Tribunal Supremo, de 16 de noviembre de 2016, determina que no existe vulneración del derecho de huelga en el caso de que las empresas clientes de la demandada contraten con terceras empresas la realización de trabajos que no puede realizar la empresa en la se convoca la huelga. Además, el Tribunal Supremo señala que no existe una especial vinculación entre la demandada y las empresas clientes que le permita codecidir con ellas la realización de esos trabajos por terceras empresas de la competencia, ni estaba en condiciones de impedir que sus clientes las contratasen con terceros.

En la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, de 3 de marzo de 2017, acuerda fijar el criterio por el que la prestación por maternidad pagada por la Seguridad Social no está prevista en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como renta exenta del Impuesto en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.

Además, conviene tener en cuenta, por ser de gran interés, la sentencia del Tribunal Supremo, de 23 de marzo de 2017, señala que no existe la obligación de llevar a cabo un registro de la jornada de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y los horarios pactados, ya que sólo se debe llevar el registro de horas extras realizadas.

Y, finalmente, la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de 28 de marzo de 2017, considera que la indemnización de una trabajadora con la condición de indefinida no fija en la administración debe ser la misma que la prevista para el despido objetivo.

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ESCRITO POR

HR Blogger

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