Resumen de las principales novedades Legislativas del cuarto trimestre de 2021

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El presente artículo incluye una breve referencia de las principales novedades legislativas, los cambios más relevantes en el ámbito de Seguridad Social, y los pronunciamientos de los Tribunales más destacados de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2021.

 

Sistema RED y SLD

En el ámbito del Sistema RED, en los últimos meses se han publicado tres nuevos Boletines de Noticias Red. En el primero de ellos, el Boletín de Noticias Red 6/2021, se anuncian diversas modificaciones derivadas de la publicación del RDL 18/2021. Por su parte, en el Boletín de Noticias Red 7/2021, se actualiza el procedimiento de remisión de la información de liquidación de cuotas a través de SLD; se modifica el ámbito de cotización de los trabajadores relevistas; se amplía la funcionalidad del Número de la Seguridad Social a través del sistema RED a las personas con NIE; se implanta el nuevo sistema de Red Online, FIER; y se informa de las novedades introducidas por la Ley 14/2021. Por último, en el Boletín de Noticias Red 8/2021, recoge lo establecido por la DGOCC en relación con las diferencias de cotización derivadas de la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre y señala que el próximo BNR establecerá las instrucciones para liquidar dichos diferencias.

En este sentido, las novedades anunciadas por los nuevos BNR se incorporan en las Instrucciones Técnicas de Mensaje de Afiliación (AFI), siendo las siguientes: 1) Inclusión de los nuevos campos Declaración Responsable Formación y Aplicación Exenciones Trabajador 2) Actualización del valor del elemento 40, elemento 3430 y el elemento 3440. Asimismo, se actualiza el Manual de Procedimiento de corrección de datos de ficheros de Afiliación con errores.

Respecto al Sistema de Liquidación Directa (SLD), en diciembre se actualiza el Manual de Usuario del Fichero de Bases de SLD, el Manual de Usuario de SLD. Especificaciones Técnicas, el Fichero de Solicitud de Confirmación, el Fichero de Trabajadores y Tramos, el Fichero de Cálculos y los Esquemas de Validación.

Por último, también se produce la modificación de las Tablas T-41 (Tipos de inactividad), T-21 (Situación) y T-80 (Legislación).

 

Certific@2 y Contrat@ 

En Certific@2, a principios del mes de octubre se añade un nuevo control de versiones que incluye las modificaciones derivadas del RDL 18/2021 en el manual de usuario “Envío de altas de prestaciones por EREs a través de Internet”, y se modifica la tabla de códigos de respuesta de la aplicación.

En el ámbito de la aplicación Contrat@, en octubre se actualizan las Tablas de códigos, los Esquemas XML y la Documentación Esquemas XML. Por su parte, en diciembre se actualizan nuevamente las Tablas de códigos, las Tablas de códigos de respuesta de la aplicación, la Documentación Esquemas XML, los Esquemas XML y los Ficheros y Ejemplos XML.

 

Normas más relevantes del cuarto trimestre del año

Una vez enunciadas las principales novedades publicadas por los distintos Organismos públicos, se incluye ahora una breve referencia a las normas más relevantes del cuarto trimestre del año.

 

Sentencias más relevantes dictadas en estos tres últimos meses

A continuación, se recogen las sentencias más relevantes dictadas en estos tres últimos meses.

  • En primer lugar, el 3 de junio de 2021, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea considera que la normativa española es contraria a la normativa europea pues considera que la sucesiva renovación de contratos temporales en el sector público para atender necesidades que en realidad no tienen carácter temporal es contraria a Derecho. En este sentido, el Tribunal resuelve la cuestión prejudicial planteada por el tribunal español y asevera que la normativa española es contraria a la normativa europea pues considera que la renovación de contratos temporales para atender necesidades que en realidad no tienen carácter temporal, sino al contrario, permanente y duradero, es contraria a Derecho.
  • A fecha de 13 de septiembre de 2021, el Tribunal Constitucional considera que la medida empresarial relativa al cambio de puesto a una trabajadora con reducción de jornada por guarda legal estaba justificada. En este sentido, el TC considera que la trabajadora no ha sido discriminada por razón de sexo, ni directamente por razón de maternidad, ni indirectamente por haber sufrido un trato peyorativo como consecuencia una decisión neutra que, sin embargo, perjudica fundamentalmente a las mujeres al menoscabar el ejercicio de su derecho a reducción de jornada para el cuidado de los hijos. Por el contrario, el cambio de puesto de trabajo a otro servicio con la misma categoría constituye una decisión que se fundamenta en motivos objetivos de organización y funcionamiento de la UCI pediátrica para garantizar la correcta asistencia de los pacientes que justifica la legitimidad de la medida.
  • El 14 de septiembre de 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, declara la nulidad del despido de la trabajadora que fue despedida “porque tenía muchas bajas y que era política de empresa”, ya que se ha vulnerado su derecho a la integridad física (art. 15 CE), y condena a la empresa a readmitir de forma inmediata a la trabajadora y al abono de una indemnización por el daño causado. Asimismo, considera que la política empresarial tiene por objeto disuadir a los trabajadores enfermos de cogerse la baja, bajo el temor de ser despedidos, lo cual conculca el derecho a la integridad física del trabajador.
  • El 04 de octubre de 2021, el Tribunal Constitucional determina que no se han vulnerado el secreto de las comunicaciones (art. 18 CE) invocado por el trabajador, puesto que, si bien las grabaciones se utilizaron inicialmente con fines de calidad y formación, es válida su utilización en el ejercicio de su dirección empresarial para el más correcto cumplimiento de los deberes contractuales en favor también de los clientes, usuarios y consumidores de la prestación de asesoramiento fue la que posteriormente determinó el despido del trabajador.
  • A fecha de 13 de octubre de 2021, El Tribunal Supremo, considera procedente el despido disciplinario del trabajador y admite la validez de la prueba de videovigilancia en la que se basó la empresa para acreditar los incumplimientos laborales, ya que su instalación era conocida por el trabajador y su instalación tenía como único fin vigilar si se cumple de manera efectiva con el trabajo, más no invadir la intimidad del trabajador.
  • El 20 de octubre de 2021, El Tribunal Supremo considera ajustada a Derecho la distribución irregular de jornada laboral a causa del COVID 19 ya que, al no superar el 10 %, no está obligado a negociar con los sindicatos, pudiendo implantar la medida de forma unilateral.
  • En esa misma fecha, el Tribunal Supremo considera ajustada a Derecho la decisión de la Administración sobre el retorno a la actividad presencial de la policía autonómica, pues considera que no existe obligación de negociar esta decisión con los representantes de los trabajadores.
  • El 10 de noviembre de 2021, la Audiencia Nacional considera que en el periodo de desconfinamiento aún existían restricciones de movilidad y circulación, por tanto, la gratificación por COVID 19 debió mantenerse hasta la finalización de dichas restricciones, con el final del hasta el final del Estado de Alarma y no con el inicio del periodo de desescalada (mayo de 2020), pues aún existían limitaciones de actividad y movimiento.
  • Por su parte, el 11 de noviembre de 2021, el TSJ de Navarra declara la improcedencia del despido de un trabajador por parte de la Administración, al haberse sobrepasado el límite temporal de 3 años, además de que dicha contratación responde a necesidades permanentes, no existiendo justificación alguna para dilatar en el tiempo tal vinculación a través de una forma de contratación que no obedece a dicha causa.
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ESCRITO POR

HR Blogger

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