No convalidación del RDL 16/2025: cómo afecta y qué esperar

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El Congreso no ha convalidado el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, que aborda medidas urgentes en materia social, tributaria y de Seguridad Social, introducía la actualización en tipos de cotización (MEI, Cotización Adicional de Solidaridad), tarifa de primas adaptada a nuevo CNAE 2025, la actualización de la base y tope máximo de cotización en función del porcentaje de revalorización de las pensiones más un 1,2 puntos porcentuales y la prórroga del SMI 2025, entre otras medidas sociales previstas para 2026.

En la práctica, esto significa que todas las medidas aprobadas en el RDL, publicado el 24/12/25, dejan de aplicarse desde el día 28 de enero 2026, porque el decreto-ley queda derogado al no obtener el respaldo parlamentario.

A continuación, un repaso de qué ocurre ahora con estas medidas y precedentes para anticipar los próximos pasos.

 

1. ¿Qué pasa con las medidas de cotización que incluía el RDL?

El texto, a falta de PGE2026, fijaba varios valores para 2026 programados en la LGSS:

  • Bases y tope máximo de cotización al Sistema de Seguridad Social: 5.101,20 €/mes. Importe vigente hasta el 31/12/2025 actualizado en función del porcentaje de revalorización de pensiones del Sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado, del 2,7%, aprobado en dicho RDL, más 1,2 puntos porcentuales.
  • MEI al 0,90 % (empresa 0,75 / persona trabajadora 0,15).
  • Cotización adicional de solidaridad en tres tramos (1,15 %, 1,25 % y 1,46 %).

Todos estos valores no aplican a partir del 28/01/2026 al no convalidarse el RDL 16/2025 salvo que el Gobierno apruebe otra norma con rango de ley.

¿Entonces qué aplica?

Mientras no exista una nueva norma con rango de ley, aplica el RDL 16/2025 hasta el 27/01/2026 y desde el 28/01/2026 aplica la regulación prevista hasta 31/12/2025.

 

2. ¿Y la revalorización de las pensiones?

El Real Decreto Ley 16/2025, que fijaba la revalorización de pensiones para 2026 con carácter general en un 2,7 % respecto al importe que tuvieran a 31 de diciembre 2025, equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del IPC de los 12 meses previos a diciembre de 2025, no aplica desde el 29/01/2026 al haber sido derogado, sí hasta el 28/01/2026.

Por tanto:
No se aplica la revalorización prevista del 2,7% a partir del 28/01/2026, salvo que el Gobierno apruebe otra norma con rango de ley.

 

3. ¿Qué tarifa de primas se aplica ahora para 2026?

El RDL 16/2025 iba a sustituir la tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, incorporando una nueva tarifa en la LGSS basada en la CNAE2025, con efectos 1/01/2026.

Pero al no convalidarse el decreto:

  • NO entra en vigor la nueva tarifa basada en CNAE2025.
  • Sigue vigente la tarifa anterior, la de la Ley 42/2006, que usa CNAE2009.

Conclusión:

Hasta el 27/01/2026 aplica la tarifa de primas CNAE-2025 y desde el 28/01/2026 aplica la tarifa de primas CNAE2009

 

4. ¿Y qué SMI aplica en 2026?

Al no convalidarse el RDL 16/2025, la prórroga del SMI 2025 pierde su vigencia. Según el criterio interpretativo de la Dirección General de Trabajo en situaciones análogas, la desaparición de la prórroga no afecta a los salarios ya contractualizados, que seguirán rigiéndose por el SMI vigente en el momento de la contratación. Para nuevas contrataciones, el salario mínimo de referencia seguirá siendo el último SMI fijado por real decreto, en este caso, el de 2025, hasta que se apruebe uno nuevo para 2026

Por tanto:

Aplica el SMI 2025 en contrataciones realizadas desde el 1/1/2026 hasta que se apruebe uno nuevo para 2026.

 

5. Un escenario que ya vivimos el año pasado

Lo ocurrido hoy no es nuevo:
En 2024, el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en vigor desde el 25/12/24, tampoco fue convalidado y derogado desde el 23/01/2025. Para evitar dejar sin efecto la revalorización de pensiones y otras medidas estructurales, el Gobierno lo troceó y aprobó después el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, vigente desde el 30/01/2025, que sí fue convalidado.

Ese RDL 1/2025 permitió:

  • Aplicar la revalorización de pensiones
  • Mantener medidas ya programadas en la LGSS (MEI, Cotización Adicional de Solidaridad, base y tope máximo de cotización)
  • Asegurar la continuidad normativa a falta de Presupuestos Generales del Estado para 2026

 

Conclusión

Por tanto, es razonable esperar una solución similar ahora, es decir: un nuevo decreto-ley que apruebe únicamente las medidas imprescindibles para 2026, programadas en la LGSS (tipos de cotización MEI y Cotización Adicional de Solidaridad, bases y topes máximos de cotización, revalorización de las pensiones) y a falta de PGE 2026, la prórroga del SMI 2025 y la tarifa de primas adaptada al CNAE 2025, pero con un contenido limitado para facilitar su convalidación.

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ESCRITO POR

Legal Watch

Experto Cegid

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