Principales novedades legislativas del primer trimestre de 2019

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El presente artículo incluye una breve referencia de las principales novedades legislativas, los cambios más relevantes en el ámbito de la Seguridad Social, y los pronunciamientos de los Tribunales más destacados de los meses de enero, febrero y marzo del año 2019.

En relación con el Sistema Red, el 3 de enero de 2019 se publicó en el Boletín de Noticias RED  el Boletín 1/2019 que recogía todos los aspectos regulados en el RDL 28/2018, de 28 de diciembre para la revalorización de las pensiones públicas.

Posteriormente, se publicó en el mes de febrero el Boletín 2/2019 que recogía, entre otras novedades importantes, la determinación de la responsabilidad del pago de las empresas colaboradoras con la seguridad social hasta el 31 de marzo de 2019, así como la puesta en funcionamiento en el RECEMA del campo “Fecha Fin de 5ª Semana” para el permiso de paternidad.

Por otro lado, en la página web del SEPE en enero, febrero y marzo fueron publicadas nuevas versiones del Contrato en prácticascontrato para la formación y el aprendizaje, y de la Guía de Bonificaciones y reducciones a la contratación para adecuarse a las supresiones que hizo el RDL 28/2018 en los incentivos a la contratación de trabajadores con discapacidad, contratación de apoyo a los emprendedores, contratación de nuevos proyectos de emprendimiento, contratación para la formación y el aprendizaje a menores de 25.

Lo mismo sucedió en enero, febrero y marzo, cuando se publicaron las nuevas versiones de la Guía de contratos, suprimiéndose los contratos indefinidos de apoyo a los emprendedores, joven por microempresa o empresarios autónomos, nuevos proyectos de emprendimiento joven y a tiempo parcial con vinculación formativa, primer empleo joven, formación y aprendizaje con ayuda de acompañamiento en correlación al RDL 28/2018.

El 3 de enero, la Agencia Tributaria publicó en su página web las instrucciones para cumplimentar el modelo 190 y posteriormente modificó el manual de servicio de ayuda a la declaración del Modelo 111, cambiando las variables IDI y NRC.

Asimismo, en marzo, el programa Certific@2 modificó la forma de enviar los certificados de cese de empresa a través de internet, ampliando el número de registros por trabajador, siendo ahora ilimitado, de acuerdo con la sentencia del TJUE de 09.09.2017 que recoge que se computará como periodo cotizado, todos los días en los que el trabajador haya estado de alta entre la fecha de inicio y fin de contrato a efectos de obtener la prestación por desempleo.

Por último, el 28 de enero de 2019, en el sistema Delt@ se modificó la Guía de cumplimentación del parte de accidente de trabajo para adecuarse en lo establecido por el RDL 28/2018 que ampliaba la cobertura de protección del Régimen Especial de la Seguridad Social de los autónomos, incorporando como obligatorio la totalidad de las contingencias.

Una vez enunciadas las principales novedades publicadas por los distintos Organismos públicos, se incluye ahora una breve referencia a las normas más relevantes del primer trimestre del año.

El 16 de enero de 2019, se publicó el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019 que introduce importantes cambios, entre ellos:

  • Se incrementan los topes máximos y mínimos de las bases de cotización a la Seguridad Social.
  • Incremento de las retribuciones de los funcionarios y del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.

El 9 de febrero de 2019, se publicó el Real Decreto Ley 3/2019, de 8 de febrero, de medidas urgentes en el ámbito de la Ciencia, la Tecnología, la Innovación y la Universidad, que permitió que los Agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación realicen contratos indefinidos para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación.

Al mes siguiente, el 1 de marzo se aprobó el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que introdujo cambios importante en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, relacionadas con el RDL 28/2018, de 28 de diciembre, entre ellas, las más destables son:

  • Las Empresas de más de 50 trabajadores deberán presentar los planes de igualdad.
  • La situación de violencia de género interrumpe el cómputo de la duración del contrato.
  • Solicitud de adaptación de la jornada hasta los 12 años.
  • Igualdad de condiciones en los supuestos de maternidad y paternidad y aplicación paulatina de los permisos.
  • No se aplicará la regulación del permiso de paternidad del Estatuto de los Trabajadores al personal de las Administraciones Públicas.

Posteriormente, el 8 de marzo se aprobó el Real Decreto-Ley, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo que introdujo cambios importantes en materia de jornada, introduciendo el registro de jornada obligatorio para todas empresas, bajo pena de sanción en caso de incumplimiento, cuya fecha de entrada en vigor es el 12.05.2019.

El 15 de marzo se publicó el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación por el que se deroga el Real Decreto 63/2006, de 27 de febrero, permitiendo ahora la realización simultánea de tareas de investigación en un proyecto específico y novedoso y la realización de actividades conducentes a la adquisición de las competencias y habilidades necesarias para la obtención del título universitario oficial de doctorado y suprimiendo la situación de becario, pasando a formalizarse directamente el contrato predoctoral.

Más tarde, se publicó la Resolución de 29 de marzo de 2019, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se ordena el procedimiento de cese en la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social respecto a las prestaciones económicas por incapacidad temporal derivada de enfermedad común y accidente no laboral, que regula el cese de la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social y como deben llevar a cabo las liquidaciones de las cuotas de las prestaciones vigentes tras el cese de la colaboración.

Por último, en relación con el IRPF, en los últimos meses ha tenido lugar la publicación de distintas órdenes que modifican las normas forales:

  • Vizcaya:

A continuación, se recogen, entre otras, las sentencias que hemos considerado más relevantes, dictadas en estos tres últimos meses.

  • En sentencia del Tribunal Supremo de 17 de enero de 2019 se reconoce el derecho de los trabajadores de una empresa a que se le entreguen unas nóminas con la debida claridad y separación de las diferentes percepciones cuando la empresa abona las mejoras pactadas en el Convenio colectivo y cuando los trabajadores amplían o reducen la jornada.
  • El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, dictó sentencia el 25 de enero de 2019 estimando la supresión de los obsequios de empresa a los trabajadores por su antigüedad, debido a que era una mera liberalidad de la empresa y, por tanto, no podía ser considerado como condición más beneficiosa, al no ser una práctica mantenida en el tiempo.
  • Asimismo, el mismo día, el Juzgado de Palma de Mallorca dictó sentencia estimatoria entendiendo como improcedente el despido de un trabajador por participar un día puntual en un rally mientras se encontraba de baja.
  • El 4 de febrero de 2019 el Tribunal Supremo declara improcedente el despido objetivo el computar el periodo de cuatro meses discontinuos en un periodo de doce para el cómputo de las ausencias justificadas intermitentes por meses naturales y no por fecha a fecha, como debería haber sido computado, así como por aplicar el porcentaje del 25% a un periodo inferior al legalmente previsto.
  • Por otro lado, el 6 de febrero de 2019, la Audiencia Nacional dictó sentencia reconociendo la vulneración del derecho a la privacidad de los trabajadores y abuso de derecho por el seguimiento mediante geolocalización de una empresa a sus trabajadores.
  • El 11 de febrero de 2019, el Juzgado núm. 33 de Madrid reconoce mediante sentencia la existencia de relación laboral a los repartidores de comida a domicilio. En concreto, el tribunal funda su decisión en que las características del contrato de trabajo son decididas unilateralmente por la empresa, mientras que el repartidor se limita a aceptar lo establecido por la empresa, por lo cual, se dan las notas de ajenidad y dependencia propias de una relación laboral entre las partes.
  • Finalmente, el 18 de febrero, el Juzgado de Pamplona considera nula la prueba obtenida de las grabaciones de las cámaras de videovigilancia porque la empresa se había limitado a poner un cartel avisando de la presencia de cámaras, pero no había informado a los trabajadores de su instalación ni de la concreta finalidad del sistema instalado. No obstante, el despido se considera procedente gracias a la prueba testifical.
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ESCRITO POR

HR Blogger

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