Novedades normativas en la desescalada

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El presente artículo incluye una breve referencia de las principales novedades legislativas, los cambios más relevantes en el ámbito de Seguridad Social, y los pronunciamientos de los Tribunales más destacados de los meses de abril, mayo y junio del año 2020.

En el ámbito del Sistema RED, en los últimos meses se han publicado numerosos Boletines de Noticias RED, para tratar todas las cuestiones relativas a los ERTEs por Covid-19, las exenciones en la cotización a la Seguridad Social, la presentación de las declaraciones responsables para la aplicación de los beneficios de cotización, etc. En concreto, se han publicado los siguientes: BNR 7/2020, BNR 8/2020, BNR 9/2020, BNR 10/2020, BNR 11/2020, BNR 12/2020, BNR 13/2020 y BNR 14/2020.

Por otro lado, en el ámbito de las pensiones de la Seguridad Social, destaca la modificación de los siguientes certificados de empresa:

En relación con el SEPE, en abril se actualizó el contenido de la Guía de integración laboral de personas con discapacidad para incluir, respecto de la reducción del 50% por la celebración de contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores con discapacidad, la compatibilidad de esta con otras reducciones, si no se supera el 100% en cómputo total.

También en abril, se actualiza el documento de Certific@2 para el Envío de altas de prestaciones por EREs a través de Internet, introduciéndose en la etiqueta de Datos Trabajador, campo Causa Prestación Subsidio, el nuevo valor “99: Fuerza Mayor Situaciones Catastróficas/ COVID-19”.

El 15 de mayo se actualizan los Formatos XML de la Fundación Tripartita, para incluir el esquema correspondiente al “Aula Virtual”.

El 5 de junio tiene lugar la actualización de la Guía DELT@ para la cumplimentación del PAT (Parte de Accidente de Trabajo), introduciéndose en la Tabla 6 (Códigos de tipo de lesión) un nuevo código 073 (COVID-19).

Por último, destaca la Consulta Vinculante de la AEAT, de 3 de junio de 2020, en la que la Agencia Tributaria determina que las madres trabajadoras con hijos menores de tres años que tengan su contrato de trabajo suspendido por un ERTE, no tienen derecho a la deducción por maternidad durante el tiempo en el que estén en esa situación.

Una vez enunciadas las principales novedades publicadas por los distintos Organismos públicos, se incluye ahora una breve referencia a las normas más relevantes del segundo trimestre del año

Debido al escenario actual, protagonizado por la crisis derivada del Covid-19, toda la normativa publicada en estos últimos meses ha tenido como objetivo: o bien establecer las medidas y condiciones de cada fase de la escalada y la “nueva normalidad”; o bien dictar medidas para la reactivación del empleo.

Por un lado, en relación con las medidas aplicables en cada Fase de la desescalada, se dictaron las siguientes Órdenes:

Por otro, en los últimos meses se han publicado diversos Reales Decretos-ley, que establecen medidas de apoyo y reactivación del empleo, destacando los siguientes:

  • RDL 11/2020: se establecen moratorias (artículo 34) y aplazamientos (artículo 35) en el pago de cotizaciones y deudas a la Seguridad Social.
  • RDL 13/2020: se establece que los períodos de aislamiento o contagio de los trabajadores provocado por COVID-19 se considerarán situación asimilada al accidente de trabajo, salvo que se pruebe que el contagio se ha contraído con causa exclusiva en la realización del trabajo, en cuyo caso se considerará accidente de trabajo.
  • RDL 15/2020: se prorroga el carácter preferente del teletrabajo, así como el derecho a la adaptación del horario y la reducción de jornada de hasta el 100% para la atención de familiares hasta el 2º grado de consanguinidad, previstos en el RDL 8/2020. Estas medidas seguirán vigentes durante los dos meses posteriores, al mes siguiente en que finalice la vigencia del Estado de Alarma.
  • RDL 18/2020: el artículo 1 define qué se entiende por fuerza mayor total y fuerza mayor parcial; se establecen exoneraciones de cuotas para los ERTEs por fuerza mayor y se describen los supuestos en los que debe entenderse incumplida, o no, la cláusula de salvaguarda del empleo de 6 meses para las empresas que hayan tramitado un ERTE por fuerza mayor.
  • RDL 19/2020: el artículo 9 establece que las prestaciones causadas por el personal sanitario en ejercicio que hayan contraído el COVID-19 se considerarán derivadas de accidente de trabajo.
  • RDL 24/2020: se prorroga, hasta el 30/09/2020 la posibilidad de aplicar un ERTE por fuerza mayor y, además, se extienden también a los ERTEs ETOP la aplicación de las exenciones de cotización inicialmente previstas solamente para los ERTEs por fuerza mayor.

Por último, en el ámbito foral de Guipúzcoa, destaca la Norma Foral 1/2020, de 24 de abril, publicada el 28.04.2020, que incluye la exención de las prestaciones por corresponsabilidad en el cuidado del lactante, como consecuencia de modificación de la LGSS, efectuada por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que introdujo precisamente esta prestación.

A continuación, se recogen las sentencias dictadas en estos tres últimos meses que hemos considerado más relevantes.

En su sentencia de 2 de abril de 2020, el Juzgado de lo Social nº 2 de Badajoz estima la solicitud de medidas cautelares de un sindicato y, en consecuencia, obliga a una empresa a dotar a los vigilantes de seguridad de mascarillas homologadas FFP2 o en su caso mascarillas homologadas y de guantes de vinilo para hacer frente a la crisis del coronavirus.

De la misma forma se pronuncia el Juzgado de lo Social de Teruel en su sentencia de 3 de junio de 2020, en la que estima la demanda interpuesta por un sindicato y considera que la Diputación General de Aragón y los órganos dependientes de ella han vulnerado los derechos del personal sanitario en materia de PRL al no proporcionarles los equipos de protección individual adecuados frente al Covid-19.

En este mismo sentido se pronuncia el TSJ de País Vasco, en sentencia de 17 de abril de 2020, por la que obliga al Gobierno Vasco de manera urgente e inmediata a efectuar la prueba de Coronavirus a aquellos funcionarios de la Policía autonómica vasca.

De esta forma, comprobamos cómo los Tribunales están siendo especialmente proteccionistas de la salud de los trabajadores, en los procedimientos judiciales en materia de protección de los empleados frente a los riesgos del COVID-19.

Por otro lado, la sentencia del TSJ de Murcia, de 6 de abril de 2020, declara improcedente el despido de un trabajador por no realizar las rondas de vigilancia que tenía asignadas en el turno de noche, al considerar nulas las grabaciones de las cámaras ocultas que la empresa instaló mediante un detective privado por no haber informado a los trabajadores.

Asimismo, en sentencia de 22 de mayo de 2020, el Tribunal Supremo obliga a una empresa del sector de Contact Center a incluir las ampliaciones de jornada que se hayan realizado durante el año, en el sueldo vacacional de los trabajadores a tiempo parcial, aunque éstas no estuvieran vigentes en el momento de su disfrute.

Ese mismo día, el Tribunal Supremo también dicta otra sentencia en la que determina que una sucesión de bajas por IT, seguidas de la ulterior declaración de incapacidad permanente total no acreditan discapacidad y, por tanto, el despido injustificado no puede ser calificado como “nulo” por discriminación por razón de la enfermedad.

Por último, destaca la sentencia del TSJ de Andalucía, de 26 de mayo de 2020, que establece que no es posible denegar la excedencia por cuidado de hijo cuando se reúnen los requisitos para ella, aun cuando la empresa tenga conocimiento del uso de esta para la realización de otro trabajo, si no acredita que el nuevo trabajo perjudica la conciliación de la vida laboral o familiar del solicitante. En consecuencia, estima la demanda interpuesta por la trabajadora, reconociéndole la excedencia por cuidado de hijo reclamada sin que sea causa que justifique su denegación la realización de otro trabajo por cuenta ajena.

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ESCRITO POR

HR Blogger

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