El presente artículo incluye una breve referencia de las principales novedades legislativas, los cambios más relevantes en el ámbito de Seguridad Social, y los pronunciamientos de los Tribunales más destacados de los meses de enero, febrero y marzo del año 2024.
Sistema RED
En el ámbito del Sistema RED, en los últimos meses se han publicado nuevos Boletines de Noticias RED: BNR 1/2024 (anuncia la nueva versión de Nueva versión de SILTRA 3.5.0.), BNR 2/2024 (destaca la incorporación de nuevas validaciones en los Ficheros CRA y nuevas SAA para trabajadores desplazados), BNR 3/2024 (sobre las nuevas bases y tipos de cotización de la Orden PJC/51/2024, del 29 de enero), BNR 4/2024 (destacan instrucciones para la aplicación de bonificaciones del RDL 1/2023).
Por otro lado, se actualizan las siguientes Tablas de RED Internet: T-38 (se incluye una nueva Clave 9939 para Prácticas formativas remuneradas DA 52 LGSS.), T-41 (introduce una nueva clave: 20 – Permiso parental. En el BNR 1/2024 se señala que próximamente se informará del uso de este nuevo valor), T-46 (se introducen cinco nuevas claves para trabajadores Desplazados), T-50 (introducción de 4 nuevas claves), T-80 (introducción de nuevas normas de referencia) y T-82 (inclusión de nuevas claves). Así como los Manuales de los Mensajes AFI, FRA y CFA. Por su parte, a finales de febrero se actualiza el Manual de Usuario SLD (destacando la adición en la tabla “Fichero de cálculos: tabla de conceptos económicos de cotización” del código 549: Reducción de prácticas formativas), el Manual de Usuario ACRASS y el Manual para el Servicio CASIA.
Certific@2 e IRPF
También a finales de febrero se actualiza en Certific@2 el Manual de usuario de envío de certificados de cese de empresa a través de Internet, eliminándose en el campo “FechaSuspensionExtincion”) la siguiente especificación: “La antigüedad máxima permitida será de 1 año”. En Contrat@, en marzo se actualizan los ficheros de tablas y códigos, así como los XML de Esquemas y Documentación Esquemas. En Delt@, se actualiza la Tabla de códigos para incluir nuevos tipos de contrato (407, 411, 412, 413, 507, 511 y 513)
Por otro lado, en el ámbito del IRPF, se publican dos Manuales en relación con el algoritmo de cálculo del IRPF sobre rendimientos del trabajo hasta 7 de febrero y a partir de 8 de febrero, para adecuar su contenido a los límites excluyentes de la obligación de retener contenidos en el apartado 1 del artículo 81 del Reglamento, para adaptarlos al incremento del SMI del año 2024.
Normas más relevantes del primer trimestre del año
Una vez enunciadas las principales novedades publicadas por los distintos Organismos públicos, se incluye ahora una breve referencia a las normas más relevantes del primer trimestre del año.
- El 30 de enero se publica en el B.O.E. el Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024, elevando las bases y tipos de cotización, aunque con carácter provisional hasta la aprobación del SMI para el año 2024, que precisamente tuvo lugar una semana más tarde con la publicación del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, que lo estableció en 1.134 euros. En consecuencia, a finales de marzo de publica la Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, que actualiza las bases de cotización conforme al nuevo SMI.
- A principios del mes de febrero se publica el Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del IRPF, estableciéndose las nuevas cuantías de los rendimientos de trabajo a partir de los cuales se practica retención e ingreso a cuenta, en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del contribuyente.
- Por último, en el ámbito foral, destaca la modificación del modelo 296 de cada territorio, para identificar las retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra (Tipo de Hoja «F»). En concreto, este campo deberá cumplimentarse exclusivamente cuando el ingreso de las retenciones o ingresos a cuenta se reparte entre el Estado y las Haciendas Forales en proporción al volumen de operaciones. Con ello, al igual que en el modelo estatal, se pretende disponer de una información de contraste completa y reducir el número de requerimientos tanto a las entidades pagadoras como a los perceptores de estos rendimientos. En Álava: Orden Foral 835/2023. En Vizcaya: Orden Foral 703/2023. En Navarra: Orden Foral 16/2024. En Guipúzcoa: Orden Foral 582/2023.
Sentencias más relevantes del primer trimestre del año
A continuación, se recogen las sentencias más relevantes dictadas en estos tres últimos meses.
- La sentencia del Tribunal Supremo, de 8 de enero de 2024, establece que el convenio colectivo debe aplicarse a todos los trabajadores de una empresa, incluyendo aquellos cuya categoría profesional no se encuentre recogida en el mismo.
- Ese mismo día, el Tribunal Supremo también dictamina que, en el caso de que un trabajador haya percibido de forma indebida cantidades, deberá devolver dicha cantidad de forma bruta.
- Por su parte, el TSJ de Madrid, en sentencia de 10 de enero, considera que las numerosas faltas de puntualidad, en concreto, 16, injustificadas durante un periodo corto de tiempo son causa de despido disciplinario.
- En cuanto al plus de transporte, en sentencia de 11 de enero de 2024, el Tribunal Supremo considera que no se debe retribuir aquellos trabajadores que realicen la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo, ya que el concepto retributivo pierde su sentido al no tener que desplazarse.
- La sentencia de la Audiencia Nacional, de 15 de enero de 2024, declara ajustada a derecho la creación de una unidad negociadora por parte de un grupo de empresas para el desarrollo del Plan de Igualdad, aunque las empresas que lo engloban ya dispongan de unidad negociadora. Por lo tanto, para aquellos Planes de igualdad correspondientes a empresas que conformen grupos de empresas que estén expirados o a punto de expirar, es posible realizar un único Plan de Igualdad para todos ellos con una comisión nueva que englobe todos ellos.
- También la Audiencia Nacional, en su sentencia de 25 de enero, considera que el disfrute de los permisos en días naturales establecido en el Convenio Colectivo debe ser declarada como nula, debiendo disfrutarse el permiso en días hábiles, es decir, laborables.
- La sentencia del TSJ de Cantabria, de 26 de enero de 2024, declara improcedente el despido de una trabajadora por la no superación del periodo de prueba, a dos días de finalizar este, ya que para el cálculo de este periodo computan los días inhábiles, habiendo transcurrido 39 días naturales desde la celebración del contrato.
- La sentencia del Tribunal Supremo, de 29 de enero de 2024, considera que realizar las funciones superiores durante un tiempo mayor a 240 días en un periodo de dos años, aunque haya lapsos temporales, conlleva el ascenso a la categoría superior.
- La Audiencia Nacional, en sentencia de 5 de febrero, declara nula la cláusula que obligaba a los trabajadores a realizar la autenticación mediante un SMS a su teléfono personal, por considerar que, si la empresa quiere utilizar este medio, deberá facilitar los medios necesarios para ello.
- Al día siguiente, el TSJ del País Vasco declara improcedente el despido disciplinario de un trabajador que, estando en situación de IT, participa en concierto de rock tocando la guitarra. Ello debido a que, en este caso, tocar la guitarra resultaba compatible con la dolencia padecida por el trabajador, sin que se viera perjudicada su recuperación.
- También el 6 de febrero, el Tribunal Supremo dicta sentencia por la que declara nula la práctica empresarial por la que se modifica el uso de los dispositivos digitales sin la participación de los representantes de los trabajadores, ya que incumple el precepto legal que lo estipula (87.3 LOPD).
- La sentencia del TSJ de Madrid, de 9 de febrero de 2024 considera que la denegación de concreción de jornada por el cuidado de un menor no siempre implica una vulneración del derecho a la conciliación laboral, ya que, en este caso, se le concedió la concreción solicitada un mes antes, por lo que no procede una segunda concreción sin que se hayan producido cambios en sus circunstancias personales.
- En sentencia de 13 de febrero, el Tribunal Supremo considera contrario a derecho el descuento del incentivo por el cumplimiento de objetivos a aquellos trabajadores que, pese a conseguir alcanzar dichos objetivos, por situaciones de IT, se hayan ausentado más de 30 días. Esto es debido a que la retribución variable valora los objetivos y no la presencialidad.
- Por su parte, la Audiencia Nacional declara, aunque el convenio colectivo no estipule nada, el carácter retribuido de las ausencias por razones de fuerza mayor recogidas en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores, ya que del propio artículo se deriva este carácter.
- La sentencia del Tribunal Supremo de 14 de febrero de 2024 considera que establecer un plazo de preaviso de 48 horas para el disfrute del crédito horario no vulnera el derecho a la libertad sindical de los representantes, ya que es simplemente un criterio objetivo para la mejor organización de la empresa.
- El TSJ de Navarra, en su sentencia de 22 de febrero establece que el ingreso en urgencias que conlleva pernocta y numerosas pruebas debe considerarse como ingreso hospitalario y, por tanto, le corresponde el permiso retribuido.
- Por último, ya en el mes de marzo, la sentencia del Tribunal Supremo de 5 de marzo considera que la no fijación de los objetivos en cuanto al bonus por objetivos da lugar al derecho de cobro. Sin embargo, al establecerse una cláusula que no se ha cumplido, no tienen derecho al abono del bonus por objetivos.