Principales novedades legislativas del 1º trimestre de 2023

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El presente artículo incluye una breve referencia de las principales novedades legislativas, los cambios más relevantes en el ámbito de Seguridad Social, y los pronunciamientos de los Tribunales más destacados de los meses de enero, febrero y marzo del año 2023.

En el ámbito del Sistema RED, en los últimos meses se han publicado cuatro nuevos Boletines de Noticias RED:

En el primero de ellos, el Boletín de Noticias RED 1/2023 aborda diversas cuestiones relativas al nuevo sistema de cotización de los trabajadores autónomos así como la aplicación de diversas bonificaciones para este régimen. Se informa además de los pasos a seguir en la identificación de las empresas en la nueva base de datos -BASE DE DATOS DE EMPRESA- , incardinada en el Fichero General de Afiliación. Por otro lado, se crea un nuevo campo CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIONES que se podrá comunicar en las altas que se presenten a partir del día 17.01.2023 y se anuncia la creación de la SAA 439 – REDUCCIÓN CUOTAS CONTRIBUCIONES EMPRESARIALES en el ámbito de afiliación remesas.

Por su parte, en el Boletín de Noticias RED 02/2023 resume la entrada en vigor de los incentivos a la contratación y los cambios en la relación laboral especial de las personas artistas introducidos por el RDL 1/2023. Asimismo, informa sobre la necesidad de presentar declaración responsable sobre el compromiso de desarrollo de acciones formativas para la aplicación de las exenciones previstas para el Mecanismo RED en su modalidad cíclica; la creación de un nuevo servicio en la Oficina Virtual, en el apartado “Régimen Especial de Trabajadores Autónomos” que permite al autorizado RED realizar los trámites respecto de los trabajadores autónomos que gestione: Anotar una nueva actividad, cerrar una actividad vigente o cambiar de actividad (solo si es única). Por otro lado, se recoge la nueva gestión de los partes de baja médica, recibiendo las empresas los datos relativos a los partes médicos de IT será a través de los Ficheros INSS Empresas -FIE y FIER.

En el Boletín de Noticias RED 03/2023 se aclaran las situaciones en las que se aplica la cotización adicional del MEI y los sujetos que están excluidos. Asimismo, se comunica que en las situaciones en las que no existe aportación a cargo del trabajador (IT, pago delegado, situaciones de alta sin percibo de retribución, etc.) sólo se deberá cotizar por la aportación empresarial del 0.5%. Se anuncia la implantación de la cotización por formación profesional y la nueva regla de cálculo de la cotización por exceso de base de cotización de los contratos formativos en alternancia se realizará en tres fases. Por otro lado, se informa que las bases de cotización mínimas para el año 2023 serán las establecidas por la Orden PCM/74/2023, hasta que se publique la correspondiente Orden y se publiquen las nuevas bases de cotización mínimas para el año 2023. Se informa de una nueva versión de los ficheros FDI y FRI para adaptar el envío de los partes de IT por los usuarios del Sistema RED a la nueva normativa; la prórroga de los aplazamientos a interés reducido de las cuotas de la seguridad social para las empresas y autónomos afectados por la erupción volcánica en La Palma. Asimismo se anuncia un nuevo servicio en la Oficina Virtual del Sistema RED que permite al usuario principal delegar en los buzones RED de sus usuarios secundarios.

También en el Sistema RED, se actualiza a principios de enero el Manual de Comunicación de Conceptos Retributivos Abonados -CRA-, en el que se añade un nuevo pie de página en el que se informa que el importe de las aportaciones a los planes de pensiones objeto de reducción no deberá comunicarse en los ficheros CRA, salvo los Grupos II y III del Mar, Régimen Especial de Artistas y Régimen Especial de Minería del Carbón que sí se deberán seguir comunicando. Por su parte, en el Mensaje de cotización TC2 (FAN) se añade una nueva clave 14 correspondiente a la cotización MEI. Se actualiza el Manual Sistema Liquidación Directa para incluir, en la tabla de conceptos económicos de cotización a presentar por el usuario, un nuevo código 301 relativo a la base de cotización sin aportaciones a los planes de pensiones. Asimismo, en la tabla de conceptos económicos de cotización se incluye un nuevo código 301 para la base de cotización sin aportaciones a los planes de pensiones; se introducen dos conceptos (555- MEI cuando existe aportación obrera y empresarial y 557- MEI cuando existe únicamente aportación empresarial); y se añade el elemento 592 correspondiente a la reducción de cuotas a la SS por aportación a los planes de pensiones. Estos tres cambios se añaden también en la tabla de Tabla de conceptos (RLC Y DCL). Por último, en los Mensajes de respuesta se incluyen dos nuevos códigos de mensaje de error: “C9829- CE 301 SUPERIOR/IGUAL A BASE CC” y “C9830 APORTACIÓN PPE INCOHERENTE, REVISE DATO EN AFILIACIÓN”. En febrero se publicó una nueva versión del Manual de Usuario FIER en el que se reduce el rango de fechas para buscar en la aplicación los ficheros FIE, pasando de 17 a 15 días.

En cuanto a los mensajes de documentos del I.N.S.S. (FDI y FRI) a lo largo de este trimestre se han publicado diversas novedades, entre las que destacan: 1) Se han añadido los segmentos ODT (otros datos trabajador) y FUN (descripción de FUNciones) admisibles solo para acciones PB,PA y DE. 2) En el segmento DOM, se modifica el comentario de la referencia 910 para incluir la acción DE (datos económicos). 3) Se incluyen en el segmento DIT la acción DE (datos económicos), que será obligatoria para la ref. 1130 y 1140 y no admisible para la ref. 1250. 4) En el segmento DEC (datos económicos) se añaden dos nuevos campos:  “Días cotizados año anterior por horas extras”, que pasa ocupar la referencia 1460 y  “Días cotizados año anterior por otros conceptos” con referencia 1470. 5) En la etiqueta ODI (Otros Datos de IT) se incluye un nuevo valor 4 para empresa colaboradora en el comentario del campo “Entidad emisora”. 6) En la etiqueta LDD se modifica el campo Teléfono, indicando que en las acciones PB (partes de baja) y DE (datos económicos) el número de teléfono se consolidará en las bases del INSS como teléfono de contacto.

En DELT@, en marzo se introducen cambios en las Tablas de códigos Delt@ para incluir la versión en euskera y catalán de determinados municipios.

En Certific@2, se producen diferentes modificaciones sobre el Certificado de empresa (en febrero) y el Certificado de empresa Agrario (en febrero y marzo), entre las cuales se destaca la adhesión del supuesto de víctima de violencia sexual entre los que dan derecho a la reducción de jornada y la sustitución de los antiguos contratos temporales por los nuevos contratos de duración determinada introducidos por el RDL 32/2021. Asimismo, se eliminan los códigos 13,22,23,24,27 y 28.

En el ámbito de la aplicación Contrat@, se producen actualizaciones en los Esquemas XML (en febrero y marzo), Documentación Esquemas XML (en febrero y marzo) y, los ejemplos y ficheros XML (marzo). Asimismo, se actualiza las Tablas de códigos y la tabla de códigos de respuesta de la aplicación (en febrero y marzo).

Con relación a los nuevos modelos de contrato del SEPE, en marzo se actualiza el modelo de contrato de trabajo temporal para sustituir el nombre de los contratos de mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral por “contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo” conforme a la Ley 3/2023. Asimismo, en el apartado “Otros programas” se introduce la obligación de especificar el programa del que se trata.

Con relación a las guías de contratos del SEPE, las mismas se modifican para adaptarse a las modificaciones legislativas (derogación tarifa plana, nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, etc.).

Una vez enunciadas las principales novedades publicadas por los distintos Organismos públicos, se incluye ahora una breve referencia a las normas más relevantes del tercer trimestre del año.

En el B.O.E. de 5 de enero de 2023 se publica el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre que suprime la entrega al trabajador, por el facultativo que emite los partes médicos de baja, confirmación y alta médica, de una copia de estos destinada a la empresa, y la correlativa obligación de su presentación a esta por el trabajador en un plazo determinado. A tal fin también se regulan las actuaciones y comunicaciones que, como consecuencia de la citada supresión, resultan precisas.

En consecuencia, el B.O.E de 13 de enero se publica la Orden ISM/2/2023, de 11 de enero que desarrolla las previsiones y cambios introducidos por el Real Decreto 1060/2022. También se recoge, tanto en el articulado como en los nuevos modelos de los partes médicos, la referencia expresa a los facultativos de las empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social. Asimismo, se actualizan determinadas referencias normativas, y se introducen otros cambios en los modelos de los partes médicos que facilitan su utilización y que subsanan ciertos defectos o mejoran su redacción. Posteriormente, el 28 de enero se publica en el BOE la Corrección de errores de la Orden ISM/2/2023 en la que se publica de nuevo el anexo I y anexo II para corregir errores de alineación en la cabecera de estos formularios.

Por otro lado, se publica el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero en el que se establece un nuevo sistema de incentivos a la contratación que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre, focalizándose en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria así como en la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos.

En febrero se publica el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023, con efectos retroactivos desde el 1 de enero. En concreto, se eleva la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas, hasta los 15.120 euros brutos anuales. En ese mismo mes se publica la Ley 2/2023, de 20 de febrero en la que la principal novedad es la obligación para empresas con 50 o más personas trabajadoras de implantar un canal de denuncias internas.

El 1 de marzo se publican en el B.O.E tres nuevas normas: la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo que establece la inembargabilidad del SMI en cualquiera de sus cuantías, ya sea en términos mensuales o anuales, tanto si las pagas extraordinarias se perciben prorrateadas como si no. También se prevé que, en caso de despido colectivo, la ITSS se deberá pronunciar sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial del ERE. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, que, entre las principales medidas, impone a las empresas de más de 50 trabajadores la obligación de contar con un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. La Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero que introduce tres nuevos supuestos especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes en caso de menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo (sea voluntaria o no), y gestación desde el día primero de la semana trigésima novena.

El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo sobre la reforma de las pensiones introduce importantes novedades en la cotización MEI, que irá aumentando desde el 0,6% actual al 1,2% del salario. Aumento de la base máxima anual un 1,2% superior a la subida de pensiones. Pago de una cuota adicional sobre lo que supere la base máxima a partir de 2025. Reforma de la incapacidad temporal. Regulación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social que se nutrirá de dicha cotización adicional. Nuevo cálculo de la base de la pensión (27-29 años, a partir de 2026). Equiparación de los trabajadores a tiempo parcial y de los fijos discontinuos. Alta en SS y cotización reducida para alumnos en prácticas. Pensiones mínimas.

Por último, el 31 de marzo se publica la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo que actualiza el tope mínimo de la base de cotización a la Seguridad Social en cada uno de sus regímenes en relación con el SMI aprobado para este año 2023.

A continuación, se recogen las sentencias más relevantes dictadas en estos tres últimos meses:

En primer lugar, la Audiencia Nacional en sentencia de 23 de enero de 2023 considera que el tiempo que invierte el empleado desde su domicilio en visitar al cliente y viceversa, debe considerarse tiempo de trabajo efectivo y, por tanto, debe ser remunerado por la empresa.

El 8 de febrero de 2023, el Tribunal Supremo dicta sentencia en relación con la forma de practicar retenciones y descuentos en el pago de condenas. En concreto, el tribunal reitera doctrina y establece que se debe entregar a los trabajadores las cuantías netas y no las brutas en la condena al pago de salarios de tramitación, es decir, que se deben descontar las retenciones correspondientes ya que si se obliga a la empresa a abonar el importe bruto, se produciría un perjuicio injustificado.

Ese mismo día, el Tribunal Supremo en sentencia de 8 de febrero establece que para el cálculo de la antigüedad de los trabajadores fijos-discontinuos se debe considerar todo el período transcurrido desde la fecha en que se inició su prestación de servicios y no solo de su prestación efectiva. Además, se establece que la retribución de los trabajadores a tiempo parcial debe de ser la misma y que la exclusión de los períodos no trabajados por los trabajadores fijos discontinuos va en contra de la normativa europea.

Por último, la Audiencia Nacional, en sentencia de 23 de febrero de 2023, declara que es contraria a la ley una práctica empresarial por la que se mutilan los datos respecto de determinados puestos de trabajo por estar solo ocupados por personas de un sexo o por ser identificable la retribución. Esta práctica priva tanto al registro como a la auditoría retributiva de elementos necesarios para identificar posibles discriminaciones indirectas por razón de sexo en materia de retribución.

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