Resumen novedades Seguridad Social, laboral y fiscal | Oct‑Dic 2025

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Resumen de las principales novedades legales publicadas en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2025

El presente artículo incluye una breve referencia de las principales novedades legislativas, los cambios más relevantes en el ámbito de Seguridad Social, y los pronunciamientos de los Tribunales más destacados de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2025.

Novedades en el Sistema RED y Seguridad Social

En el ámbito del Sistema RED, a finales de noviembre se publica el BNR 11/2025, destacando las siguientes novedades:

  1. En cuanto a los períodos de cotización asimilados por parto a efectos de exoneración de cuotas, se habilitan trámites específicos en CASIA, debiendo aportarse el número de partos e hijos con documentación acreditativa
  2. En relación con la ampliación del permiso por nacimiento en dos semanas adicionales, se recuerda que estas podrán solicitarse a partir del 1/01/2026
  3. Se recuerda la obligación de comunicar al INSS los datos de puesto de trabajo y descripción de funciones
  4. Desde el 2/12/2025, el INSS remitirá la Base Reguladora de IT por FIE y FIER, sea cual sea la entidad que cubra la prestación. En consecuencia, se actualiza la Guía de casos de tipo trámite Disponibles, incluyéndose distintos trámites de periodos de cotización asimilados por parto; también se incluye una nueva subcategoría denominada “Coef. reductor edad jubilación CCC” en el apartado “inscripción de empresas”, en la categoría “variación de datos” aplicable a funcionarios en práctica de la Policía Local. En diciembre se publican el BNR 12/2025 (se centra en la regularización de cuotas por parte de trabajadores autónomos) y el BNR 13/2025 (informa sobre la actualización de bases, tipos de cotización etc. dispuestos en el RDL 16/2025).

Actualizaciones en Mensajes y Códigos de Resolución IT

En el Mensaje de I.N.S.S Empresa (FIE)), se modifica la descripción del campo 1195 “Base Reguladora INSS”, ya que, desde 2/12/2025, es necesario comunicar la BR de la IT a través de este fichero FIE y el servicio FIER, independientemente de la entidad responsable del pago de la prestación económica.

Por otro lado, en la T-102 Código de Resolución IT se incorporan cuatro nuevos códigos de resolución IT (29, 2B, 2C y 2D), todos ellos relacionados con la gestión de recaídas tras el alta médica emitida por el INSS, conforme al artículo 170.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Estas nuevas claves buscan diferenciar las distintas situaciones que pueden producirse tras el alta a los 365 días de IT, precisando quién emite la nueva baja y cómo se comunica la finalización del proceso, así como el responsable del pago de la prestación (la empresa, en todos los casos).

Cambios en Delt@, Certific@2 y Contrato Formativo

En Delt@ se publica una nueva versión de la Guía de cumplimentación de PAT y la Guía de RATSB, AF y URG, para incluir en ambas la referencia a la CNAE-2025. Asimismo, se especifica que para los accidentes/recaídas cuya fecha de baja sea anterior a 1/01/2026, se tomará como referencia la clasificación CNAE-2009.

En el ámbito de Certific@2, se publica una nueva versión de la Tabla de Códigos y del Certificado de empresa, modificándose la definición de la causa “06” para adaptarse a la nueva redacción del artículo 49.1.n) del Estatuto de los Trabajadores, introducida por la Ley 2/2025

También se actualiza la Guía de Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional, para adaptar su contenido al Real Decreto 1065/2025, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Modificaciones en IRPF y Modelos Tributarios 2025-2026

Por último, en relación con el IRPF, se actualiza el Algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF recordando que la deducción prevista en la D.A. 57ª LIRPF no será aplicable tampoco a partir de 1/01/2026. También se publica una nueva versión del Diseño de registro del modelo 190, destacando la inclusión de nuevas subclaves B para consignar el pago de prestaciones percibidas por las diversas entidades pagadores, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden HAC/1431/2025.

 

Principales normas y reglamentos publicados en el último trimestre de 2025

Una vez enunciadas las principales novedades publicadas por los distintos Organismos públicos, se incluye ahora una breve referencia a las normas más relevantes del último trimestre del año.

  • A finales de noviembre se publica en el B.O.E. el Real Decreto 1065/2025, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, derogando los reglamentos existentes en la materia. La nueva norma perfila con precisión dos modalidades contractuales diferenciadas (formación en alternancia y obtención de práctica profesional), reforzando su carácter finalista y su conexión con títulos oficiales o especialidades reconocidas. Entre las novedades más relevantes, se fija un número máximo de contratos formativos simultáneos por centro de trabajo, en función del tamaño de la plantilla. En todo caso, los contratos formativos firmados antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento (17 de diciembre de 2025) seguirán rigiéndose por la normativa aplicable en su momento.
  • La Ley 9/20255 (B.O.E. 04/12/2025) establece un marco estatal integral para la planificación de la movilidad en municipios, grandes centros de actividad y centros de trabajo. En concreto, se establece un plazo de 24 meses (hasta el 05/12/2027) para que las empresas y entidades del sector público aprueben planes de movilidad sostenible al trabajo para los centros con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno. Los planes estarán sujetos a un seguimiento periódico que evalúe su implantación, debiendo elaborarse un informe a los dos años de su aprobación y cada dos años durante su vigencia. Su contenido debe negociarse con la RLT, o, en su defecto, mediante una comisión negociadora con participación sindical proporcional. Las empresas podrán ofrecer a su personal tarjetas de transporte mediante vales regulados fiscalmente en el artículo 42.3.e) de la Ley del IRPF y normativa concordante.
  • El B.O.E. de 24 de diciembre publicó el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social, que incorpora medidas sobre pensiones y otras prestaciones públicas. Las modificaciones más relevantes son las siguientes:
    1. Se eleva el límite máximo de las pensiones (3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 anuales)
    2. Revalorización de las pensiones en un 2,7%
    3. La cotización correspondiente al MEI será de 0,90 puntos porcentuales (0,10 más respecto de 2025)
    4. Se eleva el tipo de cotización adicional de solidaridad
    5. Se prorroga la vigencia del SMI 2025
    6. Se prorroga durante 2026 la prohibición de despido en las empresas beneficiarias de las ayudas por la crisis energética.

Medidas Específicas para sectores y contrataciones en origen 2026

  • La Orden PJC/1545/2025, de 26 de diciembre, prorroga el Mecanismo RED para el sector de la fabricación de vehículos de motor, para que las empresas que cumplan los requisitos previstos puedan solicitar la aplicación de medidas de reducción de la jornada o la suspensión de los contratos de trabajo en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026.
  • La Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026, refuerza la modalidad de contratación nominativa para integrar proyectos migratorios de naturaleza circular previamente gestionados bajo la figura de residencia de duración determinada hasta su derogación en julio de 2023. El modelo permite tramitar conjuntamente varias autorizaciones para al menos diez puestos de trabajo, siempre que las personas extranjeras no estén en España.

Cambios Forales en Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra

En el ámbito foral, se modifican algunos modelos tributarios y Órdenes reguladoras de impuestos.

En Álava se publica el Decreto Foral 42/2025, por el que se modifica el Reglamento del IRPF. Antes, se preveían dos tramos de rendimientos del trabajo excluidos de la obligación de autoliquidar (de 0 a 12.000 y de 12.000 a 20.000). Ahora, se establece un único umbral de 20.000 euros. Además, se modifican los tramos de la Tabla de porcentajes de retención. Por su parte, la Norma Foral 21/2025, incluye nuevas rentas exentas y eleva la cuantía de indemnización por despido exenta, que se establece en 187.272,00 euros. LaOrden Foral 706/2025, modifica los modelos 190 y 345 de Álava, destacando la adición de nuevos campos para consignar la información relativa a aportaciones/contribuciones a planes de previsión social preferentes, por un lado, y resto de sistemas de empleo, por otro.

En Bizkaia, el Decreto Foral 133/2025 establece en 1.000 euros el límite para la no consideración como retribución en especie la entrega por parte del empleador de equipos, herramientas y medios necesarios para el desarrollo de teletrabajo. Por otro lado, el Decreto Foral 134/2025 modifica los porcentajes de retención a cuenta del IRPF aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026. La Orden Foral 594/2025 modifica los modelos 345 y 190 introduciendo nuevos campos que recogen información relativa a aportaciones y contribuciones empresariales a planes de previsión preferente. La Orden Foral 651/2025 modifica el modelo 190 creando nuevas subclaves B99 y B03 para disponer de una información más detallada del pago de prestaciones por parte de las diversas entidades pagadoras. La Orden Foral 657/2025 modifica el modelo 345 de Bizkaia.

En Gipuzkoa, el Decreto Foral 22/2025 regula diferentes aspectos relativos a las deducciones por aportaciones a sistemas de previsión social de empleo. El Decreto Foral 27/2025 modifica las tablas de retenciones de los rendimientos de trabajo y concreta en 1.000 euros el límite para considerar la entrega de bienes como rendimiento de trabajo en especie en el caso del teletrabajo. El Decreto Foral-Norma 1/2025, en materia de cálculo de retenciones sobre rendimientos del trabajo, fija la determinación de la retención en el caso de prestaciones de jubilación e invalidez derivadas de contratos de seguro concertados con determinadas mutualidades. La Orden Foral 526/2025 modifica el modelo 190 IRPF introduciendo conceptos como el de “salario bruto anual” a los efectos de la deducción prevista en el artículo 70 bis del Reglamento Foral del IRPF. La Orden Foral 533/2025 modifica el modelo 345 de Gipuzkoa.

En Navarra, el Decreto Foral 148/2025 modifica el Reglamento del IRPF, actualizando el importe de las asignaciones para gastos de locomoción exceptuadas de gravamen, incrementando su importe a 0,36 euros por kilómetro recorrido, que es el establecido para el personal funcionario público. Además, se amplía el número de contribuyentes que no tienen obligación de presentar declaración del impuesto. Los sujetos pasivos que perciban rendimientos del trabajo inferiores a 17.000 euros íntegros anuales, excluidos los exentos, estarán eximidos de tal obligación. Por otro lado, la Ley Foral 17/2025 incorpora nuevas exenciones para realidades socialmente sensibles. La Orden Foral 123/2025 modifica el modelo 345 y la Orden Foral 133/2025 actualiza el modelo 190.

 

Sentencias relevantes en materia laboral y de Seguridad Social

A continuación, se recogen las sentencias más relevantes dictadas en estos tres últimos meses.

  • La sentencia del TSJ de País Vasco, de 7 de octubre de 2025 confirma que la denegación empresarial del permiso parental solicitado por la trabajadora, amparado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, supuso una vulneración del derecho fundamental a la no discriminación por razón de las responsabilidades familiares. La empresa no logró acreditar una justificación concreta y proporcionada que amparara su negativa, limitándose a razones genéricas e insuficientes.
  • En su sentencia de 21 de octubre de 2025, el Tribunal Supremo declara que los periodos de inactividad de la trabajadora con contrato indefinido a tiempo parcial con jornada concentrada no constituyen situación legal de desempleo ni dan derecho a prestación, aun cuando la relación esté afectada por un ERTE COVID por fuerza mayor, al no existir previsión específica que altere la regla general de la LGSS.
  • Tambiénese día, el Tribunal Supremo resuelve un recurso de casación para la unificación de doctrina planteado por una trabajadora a la que se había denegado la pensión de jubilación parcial por no alcanzar la base de cotización de la relevista el 65 % de la media de las bases de cotización de la solicitante en los seis últimos meses a jornada completa. La Sala desestima el recurso, confirma la sentencia del TSJ de Cataluña y declara que el art. 215.2.e LGSS exige una correspondencia literal entre bases de cotización, sin que proceda ajustar dicho 65 % a la parcialidad de la jornada del relevista.
  • En la sentencia de 23 de octubre de 2025, el Tribunal Supremo resuelve un recurso de casación para la unificación de doctrina sobre los efectos de la deflación en una cláusula de incremento salarial que fija para 2021 una subida igual al IPC de 2020 más el 0,5 %, en el convenio colectivo de empresa aplicable. La Sala estima el recurso empresarial y declara que el IPC negativo de 2020 debe restarse al 0,5 pactado, de forma que el incremento salarial de 2021 resulta ser del 0 %, y no del 0,5 % como habían sostenido las instancias.
  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia de 11 de noviembre de 2025, La sentencia confirma que la UE puede intervenir de forma intensa en la organización de la protección de los salarios mínimos y de la negociación colectiva como parte de su competencia en condiciones de trabajo, mediante marcos procedimentales, principios generales y referencias indicativas, siempre que no se traduzcan en obligaciones sobre factores materiales o resultados cuantitativos.
  • Por último, la sentencia del Tribunal Supremo, de 11 de noviembre de 2025, considera que el trabajo a distancia, conforme a la Ley 10/2021, exige acuerdo individual por su carácter voluntario, que no puede ser sustituido por un acuerdo colectivo, sin perjuicio del respeto a la normativa legal y convencional aplicable. No se aprecian indicios de lesión del derecho a la negociación colectiva ni en la implantación del sistema de teletrabajo ni en la regulación de la desconexión digital.
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ESCRITO POR

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